A- de 2021
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Manuel Humberto Espinosa·Demandado Division De Transito Y Transporte De La Dorada
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Tabio (Cundinamarca) y el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de La Dorada (Caldas).
La controversia entre las precitadas autoridades judiciales tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Teniendo en cuenta que ambos despachos tienen competencia para resolver la acción de tutela deprecada, la Corte, con base en el criterio a prevención, estableció que el Juzgado Promiscuo Municipal de Tabio es el llamado a resolverla en primera instancia.
En consecuencia, se ordena remitir el expediente a esta autoridad para que manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Al otro juzgado se le advierte que, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, para lo cual, debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 19 de julio de 2021, emitido por el Juzgado Promiscuo Municipal de Tabio, dentro del tramite de la accion de tutela formulada por el senor Manuel Humberto Espinosa contra la Division de Transito y Transporte de La Dorada.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4035 al Juzgado Promiscuo Municipal de Tabio para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de La Dorada que, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, para lo cual, debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- Cuarto. Por la Secretaria General de esta Corporacion, COMUNICAR la decision adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de La Dorada.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.